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Lista de confianza de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza

La Decisión de Ejecución (UE) 2015/1505 de la Comisión de 8 de septiembre de 2015 por la que se establecen las especificaciones técnicas y los formatos relacionados con las listas de confianza de conformidad con el artículo 22, apartado 5, del Reglamento (UE) Nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior requiere, en consonancia con lo previsto en el artículo 22, apartado 1, del citado Reglamento, que cada Estado miembro debe establecer, mantener y publicar listas de confianza con información relativa a los prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza junto con la información relacionada con los servicios electrónicos de confianza cualificados prestados por ellos.

En consecuencia de lo anteriormente expuesto, el Ministerio de Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha elaborado una Lista de confianza de prestadores de servicios electrónicos de confianza (TSL) correspondiente a los prestadores que proporcionan servicios electrónicos de confianza cualificados y que están establecidos y supervisados en España, que se presenta a continuación en sus formas HR (legible) y MP (procesable por máquinas).

Le informamos de la nueva ubicación de los ficheros de la TSL de España.

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